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D~) ,JliSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 336 ID: fallos_336_97

Voces / Materias

DELITO

Texto del Fallo

D~) ,JliSTICIA D~) l:'A NAC10N 101 al .acusa.do; ellos mismos' por otra parte, afinnan que jamás han visto que la víctima usara cuchillo durant,~ el día. Qu~ solieréi llevarlo dur.ante la noche, hubies~ sido l..Iilamedida de prudencia 'Si se tiene ,en cuenta los lu~ares ap;artados y la hora de la' noche en que se acostumbraba desagotar los .carros at- mosféricos, á cuyo servicio se encóntraba. Amatillo. El inferior en la última. parte del considerando cuarto de la sentencia .apelada, hace un minucioso examlen de las demás p¡ruebas producidas p'or las partes en el plenario,"con cuyas conclusiones, expresad.as en el consider,ando quinto e~toy conforme á excep- ción del ,abuso de' superioridad de fuerza que se est.a,blece .como una ,agravante en contra del encausado. En mi concepto, no creo que sea aplicable en el caso ocurrente la circunstancia mencionada, pues, como dice Groizar en su obra el «Código .Penal de 1870», Tomo 1.0 pág. 407, p;ara que tal circunstan . .cia sc considere como agr,avante parece indisp:ensabk qu.:; el hecho se ejecute con una voluntad determinada. de realizar el delito y prevaleciéndose ,de esta misma sup:erioridad para .llev.arlo á cabo. Este úlJimo extremo no resulta comprobado en parte alguna en este p,roceso. Al estudiar la prueba producida .en esta segunda instancia, se ¡lega á la conclusión de que ella nOaJter.a la situa.ción anterior del reo. Esto se constata leyendo el informe de los peritos doctoresParp:al, Cullen'y Picaza de .23 de Octuhrc de 1Qb7,' corriente de f. 609 á 623, el pe la policí.:t de la c-3.pjtal.<:lef. 4!}5, el del doctor Barletta de f. 502 Y las decL:traciones de Zenón Mendoza, f. 480, Mauz- neto Inocente, f. 484, Victorio Escurra, f. 485. Pedro 1. Abaca, f. 506, 13enjamín Batipaglia, f. 508, Aniceto Lóp;ez, f. 512, Adolfo Deffilipp:i, f. 577, Ramón C. Zuviría, f. 578, Grego- rio Rodrígu~~, f. 583, Claudió E. Torres, f. 585, Y José Ro- .dríguez, f. 586. De la. prueb~ testimonial aquí. p'roducida, si .alguna podría f.avorecer al encausado es la de M.anuel Gómez; .corriente á f. 487, quien, al contestar la 13 pregunta del inte-