COHTE Sül'lUDIA
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 336
ID: fallos_336_180
Keywords / Subjects
APELACIÓN
Ruling Text
18,1,
¡,'.U,LOS J)g
lA
COHTE Sül'lUDIA
lermo
C.
A., Gallo
2. Villa
Mercedes
,entre el Pacíjfica
y el
Andina
y el Gran
Oeste
Arg:entino)
y 48 haras
más para
la
entrega».
El juez no ha informada
nada ac.;~rca del extr~l11o referente
al recarrido
y su reserva,
silencro úamisión
t<>níaque dar hl-
gar á la resolución
cuya r,~consider4ción
solicito.
V. E.,
tendrá
la evidencia
completa
de la constancia
que
alego
si 'Ordena al juez que amplie
su infarme
ó remita
los
autas.
fpar lo tanto A V. E., pida se sIrva r'2vacar por contr,ario im-
peria el auto de la ref.er,encia a,cardando
la apelación
denegada.
Será
justicia.
Ramón
Vide7a.-C.
]JI. elel Castillo
FALLO DE LA COHTJ~ SI'lnm'\IA
Bllenos
Aires,
"o"ielllhl'l'
í de Hl(líl.
Vistos y
considerando
Que las
sentencias
definitivas
pronunciadas
por esta
carteo
no sün susceptibles
de reposición;
á la que es de .agregarse,
que notifiCado de la p'~'ovidencia"de foja
13, el representante
de la
empresa
ha podido
y debido
h,lcer
constar
cualquiera
'Omisión en el que el informe
de foja la que debí-l s':;rvir de
base
á esa
sentencia,
hubi<>ra incurrido.
Por
ello, no ha 1ugar
á lo solicitado.
]~epóngaseel
papel
y archívese.
A. BEH'\U<;'lO.-OCTAVIO
lk.K-
GE.--
:KJCANOR G. DEL 80-
LAH.-l"L
P. DAllACT.-C.
MO'LDoKO
GACJTÚA.