CORTE SUPREMA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 337
ID: fallos_337_222
Voces / Materias
PROPIEDAD
EJECUCIÓN
CONTRATO
Texto del Fallo
hLl/)S
DEL!\
CORTE SUPREMA
haria
entrega
al concesionario
de los terrenos
fiscales
situa-
dos
d,entro
del
perimetro
de
las
obras,
artículo
5, o
inciso
3. o,
y
los
de
propiedad
privada
serían
expropiados.
por
cuenta
del
concesionario,
articulo
12.
Este
último
precepto
.;le lá
ley
cuyos
fundamentos
eran,
por ,una
pi;lrte, quee
n ~ studios
mandados
practicar
por
el
P. E" se había emitido la opinión
de que eran fiscales
muchos
de
los
terrenos
poseidos
por
particulares
que
á su vez los
defendían
como
de su legitima
propiedad,
y por
otra,
que
lá combinación
financiera
autóriza;da
por
la ley no acordabá
a.l P', EOo,el accionar
en
la
e:x:propi.aciónde
los
terrenos
de 'propiedad
privada,
y subrogar
al concesionario
en tod<;>s
los
(ierechos
y
a.cciones
de
lá
nación
á
los
fines
de
la
expr9piación,
cuya ejecución
la libraba
á su exclusi~a
cuen-
ta,
para
serle
pagada
en
alguna
d,e aquellas
dos
formas o
Dentro
~e
)os
propósitos
y
alcance
de
aquel
precepto.
el contrato
da la empresa
del puerto
del Rosario
y decreto
del
P.
E o, niediante
los que
esa
empresa
ha
inidado
como
exclusiva
parte
actora
la
expropiación
,de
los
terrenos
de
de
la referencia,
con
la
intervención
coadyuvante
del
mi-
nistefÍ.(I' fiscal,
ha invocado
los
derechos
de la nación
sobre
esos
terrenos
y los ha
opuesto
á los
de
la
empresa
nlue-
lles
,y depósitos
de Comas,
y
se ha
hecho
representar
por
un
plandatario
nombrado
de
común
.acuerdo
con
el
poder
ejecutivo
nacional.
Por
estas
consideraciones
se rechazan
las
excepciones
y
defensas,
que
bajo
la
denominación
de
personería,
opuso
en
su contestación,
y ha
mantenÍJdo
ante
esta
instancia,
la
parte
~:lemandada,