DE JUSTiCIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 337
ID: fallos_337_271
Jueces
Costa
Acevedo
Voces / Materias
IMPUESTO
EJECUCIÓN
Texto del Fallo
DE JUSTiCIA
DE LA ÑACION
2ió
2."
Que sí bien
al oponer
excepciones
el. ejecutado
puso
en cuestión
la validez
de los decretos
de impuesto:;
de
que
proviene
el 'uédito
de
ejecuciór:,
por
haber
sido
dictados
segúII
el recuHente,
por
autoridades
nombradas
en
forma
prohibida
por la constitución,
no se ha impugnado
la validez
de dichos decretos
como contrarios
á aquella
sino la inconsti-
.
tucionalidad
del nombr~miento
de la autoridad
municipal
que
los
-dictó
y por
otra
parte,
hecha
esta
impugn¡tción
como
tundamento
de excepción
de inhabilidad
del
título
opuesta,
la cámara
ha prescindido
de' pronunciarse
en última
instancia
al respecto
por las
tazones
que
ha
dado,
y ha
podido
ha-
cerlo por .carecer de influencia
e n la de.cisión de la excepció.1
mencionada
la causa' ú origen
del
crédito,.
admitido
en
su
forma
como título
de aparyjada
ejecución.
3.0
Que no .habiendo
mediado
pronunciamiento
de última
instancia.
aun admitiendo
que se halla¡'an
impugnados
co:no
con'trarios
á la constitución
los decretos
mismos
que es:áble-
cieron
los
impuestos
desconocidos,
el
recu;-so
deduci:o
no
se
halla
comprrn :lido
en .e.1 inciso
1.o
del
articulo
382
citado del código de Procedimientos.
4. ó
Que no estándolo
tampoco
en
los
incisos
2. o
y
3.,
Y no 'puqiendo
fundarse
dicho .recurso
en violaciones
de
la
constitución
nacional
como lá
que
~e invoca,
según
lo
ha
establecido
la ju;-isprudencia
ele esta corte, él es improcedente.
Por este se .deda/a
bien
de!legado
el mencionado
recurso,
costas
al
recurrente
(artículo
389
del
código
de
Procedi-
mientas)
y no
habiendo
honorarios
que
regular,
devuél-
vanse
los autos
á la
cáma;-a
de
su procediencia
reponién-
dose los sello: por el recurrente.
J.
Varela
-
D.
Alsina
Alsina
-
:Acevedo
-'
Lecot
:lll'e
mi : Elb'oM.-ditza,
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