Artícnlo 1.° Queda autorizado el poder ejecu-
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 337
ID: fallos_337_362
Judges
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Keywords / Subjects
CONTRATO
PROPIEDAD
SOCIEDAD
Ruling Text
3j6
FAJ,LOS
J)E
LA
CORrE
SUPREl\1A
zarse
por consignar,
que la ley de concesión
de este ferrocarril
se li-
mitaba
á establecer:
"Artícnlo
1.° Queda
autorizado
el poder
ejecu-
" tivo
para
permitir
la construcción
de un ferrocarril
desde
Buenos
" Aires
hasta
la Ensenada,
bajo
las
mismas
condiciones
establecidas
" en la ley de 26 de junio
último
(debe
leerse
27)
para
la concesión
" del camino
á San
Fernando."
.
fa
Que
esta
ley s~ refiere,
á la vez á la de 9 de enero
de 1854, la
que,
en la pal:te
pertinente
establecía.
"Art.
2 inciso
5. Si en las
di-
ferentes
esl'aciol1es que hubiese
de establecerse
en el curso
del ferro-
carril
se
encontrasen
j.Nrcnos
de
propiedad
pública,
el
poder
eje-
cutivo
cederá
á la sociedad
la porción
suficielli"e de ellos para
el solo
fin
de
asentar
las
construcciones
neeesarias
para
los
depósitos
de
mercaderías
trasportables."
"6. Si para
la construcción
del ferrocarril
fuese
necesario
ocupar
terrenos
de partic~lares,
el gobierno
usará
del
derecho
de expropia-
ción
para
objetos
del servicio
público,
siendo
á cargo
de la sociedad
satisfacer
las indemnizaciones
correspondientes."
'7-
Que
de
acuerdo
con
la
autorización
expresada,
el
poder
eje-
c~tiyo
procedió'
á celebrar
el contrat.o
con Lelievre
primero.
y última-
mente
con \Vheelwright,
quedando
establecido
en aquél,
que el poder
ejecutivo
cedería
al
empresario
el uso
de los terrenos
públicos
que
hubiese
en el curso
del ferrocarril
que se necesitasen
para
estaciones
y para
la vía
y edificios
necesarios
para
la explotación
y la admi-
nistración
del camino,
por
todo
el tiempo
que este
camino
dure.
Ese
contrato
fué
aprobado
el 16 de febre:t;o
de 1860 y transferido
más
tarde
á
Wheelwright,
quien
propuso
el
contrato
de
27
de
mayo
de lSü3,
que
fué
aprobado,
en el que
se establecía
que
"habiendu
sido
modificada
la
ley
de
1860
(contrato)
por
una
posterior
del
mismo
año, y siendo
necesario
combinar
esas leyes en todo su espíritu
y objeto,
con el fin de evitar
confusiones,
quedaba
redactado
así:
"El
gobierno
concede
permiso
al
señor
Guillermo
Wheelwrigh,t
para
construír
y explotar
á perpetuidad
una
línea
de ferrocarril
por
lo-
comotoras
á vapor,
qí.le partiendo
del Paseo
de Julio,
donde
termina
el ferl'<j('al'~'il del norte,.se
extienda
á la Boca,
Riachuelo,
Barracas
y
Ensenada."