← Back to results

DE I,..••OORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 337 ID: fallos_337_467

Keywords / Subjects

SUCESIÓN ROBO HOMICIDIO DELITO

Ruling Text

472 FAJ,J-QS DE I,..••OORTE SUI'HEMA H0111íéid?o;'doble,-Es j~ta la sentencia que condena á la pena d~ ve)J'iticincoaños de presidio y. accesorios legales,' al autor de un doble homicidio perpetrado con las circlmsta.ncias agravan- tes previstas en los incisos 3.• , 13 Y 20 del' artículo 84 del 'CÓ- digo Penal. PlÍg. 297. 1 Inconstitucionaliclad del procedtimiento ejecutiVO.-El artículo 505' del Código de Procedimientos de la capital, que reglamenta la tra- mitación de los juicios ejecutivos, por su natumleza sumarios, no es contrario al artículo 18 de la constitución nacional. Página 31. InfantiC'idio.-Es justa la sentencia que condena á veinticinco años de presidio y .quince de penitenciaría, respectivamente, al pa- dte )' á la.madre convictos y confesos del delito de infanticidio, con las circunstancias agra.yantes de reiteración y atenuaÍ1tes ele los incisos primeros de los artículos 81 y 83 del código penal, respecto de la madre y la de haber durado la causa más ele dos años (art. 83, iuc. 8.0). Pág'ina 447. Intenlicto de recobrar la posesi6n,-Es improcedente el interdicto de recobrar la posesión, fundándose en que la provincia deman~ dada intim6 al actor, por intermedio de la policía, el desalojo de una fracción de terreno que posee, si el mismo demandante reconoce que desde el día de tal intimación no ha, sido moles- tado con actos que le impidan disponer de la fracción de tie- rra de que se dice despojado. Pág. 50. J Jurisdl:cci6n.-La declaración de un domicilio, hecha por el causante de una sucesión al otorgar un poder, y corroborada por testi- monios que prueban la residenóa de aquél, p6r. razones de