← Back to results

de verifi- car en cualquier momento

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_35

Keywords / Subjects

IMPUESTO

Cited Norms

ley 4055 ley 48 ley 11.683

Ruling Text

DE JUSTIOIA DE LA NACIÓN 39 la ley 4055, que comprende también la. materia del ex- traordinario del arto 14 de la. ley 48: Que el arto 10, párr. 31', de la ley 11.683, que fa- culta a la Dir. del Imp. a los Réditos para verificar en cualquier momento lo declarado o el 'cumplimiento de las demás disposiciones de esa ley y de las de los dos impuestos, ha sido ya interpretado por esta Corte Su- prema en el sentido de que dicha facultad "de verifi- car en cualquier momento", se refiere a las declaracio- nes que no hayan sido objeto de un pronunciamiento de parte de la l)irección o Gerencia, o de la anterior verificación de un inspector de la Dirección, puesto que aquéllas no actúan personalmente, sino mediante los ins- pectores, tanto en la verificación y rectificación de las declaraciones jurádas cuanto en la correspondiente li- quidación del impuesto. En su mérito deben considerarse como definitivas . a las liquidaciones del impuesto en que intervinieron los inspectores: Bourguignon en la correspondiente al año 1932; Bourguignon y Hernández en la de 1933; Rey en la de 1934; y Ponce de León en 1935, puesto que en virtud de esas inspecciones -que suponen una amplia verificación de libros, documentos y compro- bantes- el Fisco se acreditÓ' el impuesto que debía abonar el contribuyente. Mas no puede decidirse lo mismo acerca de las referentes a los años 1936 y 1937 en cuya verificación intervino por primera vez el ins- pector Miranda (Fallos: 197, 200 y 202, 443). Y como los actores, en su escrito de fs. 401, al que se refiere la memoria de fs. 412, sólo impugnan las declaraciones y liquidaciones del impuesto hechas con loaintervención de este último, ellos han debido probar fehacientemente en estos autos los errores que les atri- buyen. A este efecto corresponde decidir que sólo pue-