por lª-~ l,'ª~(),n~ªqn:e.enl:!,nciay también por sus fundamentos, entre los que figura el de que las máqui- na,.s¡l que ª~~ refiere la,.,causa están
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_46
Voces / Materias
IMPUESTO
Normas Citadas
ley 12.625
Texto del Fallo
5Q
fl!, S~"por lª-~ l,'ª~(),n~ªqn:e.enl:!,nciay también por sus
fundamentos,
entre los que figura el de que las máqui-
na,.s¡l que ª~~
refiere la,.,causa están "iD;lPosibilitad~s. de
clr,cgla.:rpo.r,l~,viª" p-qpUcª."', Estª
circunstancia
bast~
pava sustentar. el pronunciamiento
recurrido, en cuanto
el apelante -fs.
95-
entiende que el gravamen discu-
ttcJ.o:r~~ll~'~o1?r~"lo.s ª,UJ9wotores
tlptos para
el 'QSO
d~ la" ViÍa.p1Íplica",
~$ q~.cirpr~~~sameºt~,. que p'Q,eden
circular po.r.ella.
Que a mayor abundámiento
sin embargo, el Tribu-
nal encuentFa conveniente agregar. que el fallo apela-
do se ajusta a derecho. La ley 12.625 ~att.
19, inc. 39-
establece en efecto, un "impuesto
interno de seis cen-
tavos por litro a todo combustible que no sea nafta y.
destinado
a motores de vehículos que usen la vía pú-
blica't~
Por ,vehícu,lo corresponde
entender
-Diccio-
nario de la Real Acad:emia, verbo mencionado-
el "ar-
tefacto. ..
que sirve para
transportar
personas
o co-
sas" y no cualquier automotor
aun limitados a los ap-
tos para usar la vía,.pública, porque son tales las má-
quinas que ejecutan
determinados
movimientos sin la
intervención directa de u.na acción exterior -Dicciona-
rio citado, palabra "automotor"-.
Que por otra parte la inteligencia
que propicia el
a,pelant~ conduce a. 1;lnr,ef;l'QI1;&<lo
injusto, como es el de
que. la" ~imple. 'P0~iQUidaqde marchar
ocasiona,lmente
por la vía pública, equipilJ,'e ~ 108. efecto.,¡¡¡gel grava-
men que integra
el f<:mdode. vialida.d, a las máquinas
destinadas a servir fuera de aquélla, forzal,l,doa tal fin
los términos de la ley.
Que los fundamentos
dados en Fallos:
17'9, 339 no
cO,l1tradicen la ~olu;ciónª qu.e llegan los precedentes
considerandos,
pues en el supueeto de a~tos se pr(,>po-