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Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_76

Voces / Materias

RECURSO EXTRAORDINARIO IMPUESTO EJECUCIÓN

Normas Citadas

ley 3764

Texto del Fallo

áo FALU>S DE t..A CORT:I!: SUPREMA ral el recurso extraordinario denegado es procedente - Fallos: 181, 409; 184, 530 Y otros; arto 14, inc. 3°, ley4~. . En su mérito y de acuerdo con el dic~men del Sr. Procurador General, se declara mal denegado el recur- so extraordinario a fs. 95 vta. 'de los autos principales. y considerando en cuanto al fondo del asunto por no ser necesaria más substanciación. . Que la "ley 3764, que establece las disposicion:es ge- nerales en materia de impuestos internos, legisla en su art. 36 -27 del T. 0.- los casos de actos u omisiones cumplidos con mira de evadir los gravámenes de que tra ta, y los castiga con multa de diez tantos de la suma. que se ha intentado defraudar,. y aun con pena corporal en los supuestos más graves. Que el ar1.. 37 de la ley citada -28 del T. 0.- contempla las Himples contravenciones y dice: "los in- fractores a las disposiciones de este texto ordenado y a los reglamentos que -en su ejecución dictase el P. E. sufrirán una multa de veinticinco a dos mil pesos mo- neda nacional". Interpretando el precepto esta Corte ha declarado ~Fallos: 197, 362-- que para la aplica- ción de las sanciones qué prevé basta la infracción a las disposiciones legales o reglamentarias y no .se re- quiere la existencia de intención delictuosa. Que además en casos similares al de autos ":""'-Fa- nos: 182, 349; 184, 169- el tribunal ha decidido que son aplicablés las sanciones previstas por el arto 37 de la . ley 3764 -28 del T. O.~ debiendo contemplarse las. circunstancias de hechó que condicionen la infracción a los efectos de la graduación de la multa, atent,l1la im- portancia que aquélla puede tener tanto por el detri- mento que signifique para el fisco, COíll.opor .el grado de culpabilidad dél conttíbnyellté.