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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_103

Judges

Sagarna Ramos

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO IMPUESTO

Cited Norms

ley 48 ley 4055 ley 11.683

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 107 a los determinados posteriormente por aquélla, y dedu- cida demanda contenciosa por el contribuyente el Sr. juez a quo revoca la resolución administrativa por con- siderar que el procedimiento de la estimación de oficio, si bien puede ser útil para fijar el impuesto adeudado, no es suficiente para fundar una condena. En co"nse- cuencia el Proc. Fiscal interpone recurso extraordina- . rio que le ha sido concedido y procede por estar en cuestión la validez y el alcance del procedimiento fijado por la citada ley nacional-arto 14,inc. 3Q, ley 48; arto 6Q, ley 4055-,-. Que esta Corte ha declarado que la circunstancia de que hayan sido estimados de oficio los réditos del contribuyente. por no haber sido posible determinarlos en forma clara y fehaciente no excluye la posibilidad de que se compruebe, aunque sin fijar su monto exacto, una fraudulenta evasión del impuesto y se le reprima con la multa prevista en el arto 18 de la ley 11.683gra- duada de acuerdo a las circunstancias particulares del caso -Fallos: 196,503-. La misma doctrina es apli- cable con relación al arto 16 de la misma ley, si se pro- bara por aquel medio la infracción imputada, cuestión de hecho ajena al presente recurso. Por estos fundamentos, y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Proc. General de la Nación, se revoca la sentencia apelada de fs. 57 en cuanto ha po- dido ser materia del recurso extraordinario y vuelva al juzgado de origen a sus efectos. ANTONIO SAGARNA. - B. A. NAZÁR A.NCHORENA. - F. RAMOS ME- ;rÍA. -:- T. D. CASARES. \