DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_103
Jueces
Sagarna
Ramos
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
IMPUESTO
Normas Citadas
ley 48
ley 4055
ley 11.683
Texto del Fallo
DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
107
a los determinados posteriormente por aquélla, y dedu-
cida demanda contenciosa por el contribuyente el Sr.
juez a quo revoca la resolución administrativa
por con-
siderar que el procedimiento de la estimación de oficio,
si bien puede ser útil para fijar el impuesto adeudado,
no es suficiente para fundar una condena. En co"nse-
cuencia el Proc. Fiscal interpone recurso extraordina- .
rio que le ha sido concedido y procede por estar en
cuestión la validez y el alcance del procedimiento fijado
por la citada ley nacional-arto
14,inc. 3Q, ley 48; arto 6Q,
ley 4055-,-.
Que esta Corte ha declarado que la circunstancia
de que hayan sido estimados de oficio los réditos del
contribuyente. por no haber sido posible determinarlos
en forma clara y fehaciente no excluye la posibilidad
de que se compruebe, aunque sin fijar su monto exacto,
una fraudulenta
evasión del impuesto y se le reprima
con la multa prevista en el arto 18 de la ley 11.683gra-
duada de acuerdo a las circunstancias particulares
del
caso -Fallos:
196,503-.
La misma doctrina es apli-
cable con relación al arto 16 de la misma ley, si se pro-
bara por aquel medio la infracción imputada, cuestión
de hecho ajena al presente recurso.
Por estos fundamentos, y de conformidad con lo
dictaminado por el Sr. Proc. General de la Nación, se
revoca la sentencia apelada de fs. 57 en cuanto ha po-
dido ser materia del recurso extraordinario y vuelva al
juzgado de origen a sus efectos.
ANTONIO
SAGARNA. -
B. A. NAZÁR
A.NCHORENA.
-
F. RAMOS
ME-
;rÍA. -:- T. D. CASARES.
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