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S. A. Francisco Cinzano y Cía. Ltda. contra la Nación sobre devolución de una suma de dinero, $ 33.197,10

02/09/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 338 ID: fallos_338_532

Keywords / Subjects

APELACIÓN PRESCRIPCIÓN

Cited Norms

ley 12.578

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN FALLO DE LA CORTE SUPREMA 539 ., Bs. Aires, 2 de septiembre de 1946. y vistos los autos "S. A. Francisco Cinzano y Cía. Ltda. contra la Nación sobre devolución de una suma de dinero, $ 33.197,10" en los que se ha concedido el re- curso ordinario de apelación interpuesto a fs. 142 vta. por el procurador fiscal contra la sentencia dictada a fs. 142 por la Cám. Fed. de la Capital. Considerando: Que la sentencia de fs. 122 declara -en el conside- rando IV, y ello constituye uno de los fundamentos del rechazo de la d~manda, que el reclamo concretado en el decréto del 17 de octubre de 1940, -que impuso .a la ac- tora el pago cuya repetición demanda-, debe conside- rarse prescripto en lo referente a las infracciones come- tidas con anterioridad al 17 de octubre de 1934, de acuerdo con lo dispuesto por el arto 15 ,de la ley 12.578. Apelada la sentencia por el r~presentante del fisco na- cional no' se expresaron agravios sobre este punto de ella (conf. fs. 131), .con lo cual quedó firme en esa parte. Por lo demás, tamp'oco se hace cuestión de la prescripción en esta instancia (conf. fs. 146). Débese, pues, considerar excluído de este pronunciamiento lo relátivo a las infracciones, y 'consiguientes resarcimien- tos, anteriores á la fecha que la sentencia de primera instancia indica, es decir, al 17 de octubre de 1934, re- sarcimientos que importan, según las planillas de fs. 170 y 171, la cantidad de $ 29.157,52respecto.a la cual quedó juzgado que está prescripta la acción correspon- diente. t'.'