S. A. Francisco Cinzano y Cía. Ltda. contra la Nación sobre devolución de una suma de dinero, $ 33.197,10
02/09/1946
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 338
ID: fallos_338_532
Voces / Materias
APELACIÓN
PRESCRIPCIÓN
Normas Citadas
ley 12.578
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
FALLO
DE LA CORTE
SUPREMA
539
.,
Bs. Aires, 2 de septiembre de 1946.
y vistos los autos "S. A. Francisco Cinzano y Cía.
Ltda. contra la Nación sobre devolución de una suma
de dinero, $ 33.197,10" en los que se ha concedido el re-
curso ordinario de apelación interpuesto
a fs. 142 vta.
por el procurador fiscal contra la sentencia dictada a fs.
142 por la Cám. Fed. de la Capital.
Considerando:
Que la sentencia de fs. 122 declara -en el conside-
rando IV, y ello constituye uno de los fundamentos del
rechazo de la d~manda, que el reclamo concretado en el
decréto del 17 de octubre de 1940, -que
impuso .a la ac-
tora el pago cuya repetición demanda-,
debe conside-
rarse prescripto en lo referente a las infracciones come-
tidas
con anterioridad
al 17 de octubre de 1934, de
acuerdo con lo dispuesto por el arto 15 ,de la ley 12.578.
Apelada la sentencia por el r~presentante
del fisco na-
cional no' se expresaron
agravios sobre este punto de
ella (conf. fs. 131), .con lo cual quedó firme en esa
parte.
Por lo demás, tamp'oco se hace cuestión de la
prescripción
en esta instancia
(conf. fs. 146). Débese,
pues, considerar
excluído de este pronunciamiento
lo
relátivo a las infracciones, y 'consiguientes resarcimien-
tos, anteriores
á la fecha que la sentencia de primera
instancia indica, es decir, al 17 de octubre de 1934, re-
sarcimientos
que importan,
según las planillas
de fs.
170 y 171, la cantidad de $ 29.157,52respecto.a
la cual
quedó juzgado que está prescripta
la acción correspon-
diente.
t'.'