DE JUSTICIA
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_608
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
IMPUESTO
CONTRIBUCIÓN
Normas Citadas
ley 48
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
615
REOURSO
EXTRAORDINARIO:
Reqgisitos
propios.
O~Lestiónfe-
deral. Ouestiones federales simples. Interpretación
de otras normas y
actos federales.
.
Es fundamental para la vida de la Nación, para el man-
tenimiento del orden público, la paz social y la estabilidad
de las instituciones el resguardo de la integridad de las
sentencias de la Corte Suprema. Su desconocimiento im-
porta un agravio al orden constitucional, y cuando pro-
viene de sentencias del tribunal superior mencionado por
el arto 14 de la ley 48, autoriza el recurso extraordinario.
OONSTITUOION
NAOIONAL:
Efectos
de la declaración de incons-
titucionalidad.
Las sentencias que declaran inconstitucional un impuesto
no impiden necesariamente a las provincias la nueva per-
cepción del mismo, si ello puede hacerse sin infringir los
principios y garantías aplicados en la resolución judicial,
lo que puede ocurrir cuando la invalidez d~l gravamen
provenga de las modalidades de su aplicación y no de la
carencia de facultades para establecerlo. '
!MPUESTO:
Oonfiscación.
El nuevo cobro de la contribución territorial
declarada
confiscatoria, sin reajuste
real ni disminución efectiva
que lo adll):¡teal máximo admitido' como válido"por la ju-
risprudencia,
es frustrl).ton,o de la sentencia dictada" en
el juicio de repetición anterior, cualquiera haya sido el
propósito de las aut.oridades provinciales al autorizar otra
vez la percepción del gravamen.
\
DICTAMEN
DEL
PROCURADOR
GENERAL
Suprema Corte:
En el año 1941, la S. A. :M:attaldiSimón Ltda. acu-
dió a V. E. iniciando demanda contra la Prov. de Cór-
doba por devolución de la suma de $ 305.463m/n., pa-
gados en concepto de contribución directa por los años
1939, 1940 Y 1941, correspondiente a diversas fraccio-
nes de campo situadas en dicha provincia.
Sostenía ser