← Back to results

DE LA CORTE SUPREMA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_613

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO IMPUESTO ADUANA

Cited Norms

ley 48

Ruling Text

620 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Que fundada en estas razones ha podido así decir- se -Fallos: 189, 29'2- que "el desconocimiento de las decisiones adoptadas por la Oorte Supr-ema, como quie- ra que tenga lugar, importa un agravio al orden cons- titucional y cuando aquél se produce por medio de la sentencia del tribunal superior a que se refiere -elarto 14 de la ley 48, el recurso extraordinario es la vía indi- cada para restablecer el imperio d-ela decisión desco- nocida". Precisóse así la doctrina ya esbozada en otros precedentes -Fallos: 187, 28 y los allí citados- reite- rada luego en varias oportunidades -Fallos: 196, 14, 254 y 492 entre otros. Que por evidente parece apenas necesario estable- cer que la sentencia del tribunal provincial que admite. el cobro a un contribuyente, del gravamen que esta Oorte declaró inconstitucional en juicio ordinario s~gui- do con anterioridad ante sus estrados -y que fué eonse- cuentemente devuelto- pueda importar el desconoci- miento de la decisión tomada en esa causa. La sola reflexión de que puédese así invalidar el derecho defi- nitivamente declarado por aquel fallo, basta para com- probarlo. Que, sin duda, las sentencias que declaran inconsti- tucional un impuesto, no impiden necesariamente a las provincias la nueva percepción del mismo, siempre que ello pueda hacerse sin infringir los principios y garan- tías' constitucionales aplicados en la; resolución judicial. . . . . Puede en efectti suooder que la lllvahdez del gravamen provenga de las modalidades de su aplicación y no de la carencia de facultades para establecerlo. Se ha admi- ~. tido así -Fallos: 200, 462- q"\leel impuesto al consu- mo declarado inconstitucional por la forma, que impor- tllba el establecimiento de una aduana interior, en que había sido percibido, pudo volver a cobrarse, conforme