EXTRAORDINARIO
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_703
Keywords / Subjects
RECURSO EXTRAORDINARIO
EJECUCIÓN
INCONSTITUCIONALIDAD
APELACIÓN
Cited Norms
ley 988
Ruling Text
RECURSO
EXTRAORDINARIO
711
Cuestión justiciable.
4.
Las cuestiones referentes
a la distribución
de la compe-
tencia entre los jueces federales,
a las cuales es ajeno el arto
18 de la Consto Nacional, deben ser reslleltas
de manera
final
por las cámaras federales, sea que hayan sido planteadas
por
inhibitoria
o por declinatoria;
por lo que no procede el recurso
extráordinario
deducido contra la decisión que aquéllas dicten
al respecto:
p. 93.
5.
La forma en que se tramite
o decida' una cuestión de com-
petencia cuya resolución no incumbe a la Corte Suprema no da
lugar al recurso extraordinario:
p. 163.
Gravamen;
6.
Es improcedente
el recurso
extraordinario
contra
la re.
solución que, por considerar
que con arreglo
a lo establecido
por el Cód. Civil y la respectiva
ley procesal no corresponde
la vía y forma elegidas, desestima la oposición que el ocupante
de un inmueble objeto de un interdicto
de recobrar la posesión
del mismo tramitado
entre otras personas, sin su intervención,
formula
en dicho juicio con respecto
a la orden judicial
de
dar la posesión al vencedor en el mismo: p. 93.
7.
No procede el recurso extraordinario
fundado
en la incons-
titucionalidad
de la ley 988 -arto
13-
de la Prov. de l\:Ii~ndo-
zaque
autoriza
la ejecución
precautoria
de la sentrucia
.de
primera instancia en materia de accidentes del trabajo, después
de que la sentencia
principal
ha sido definitivamente
cum-
plida. No importa
que subsista la condena en costas impuesta
en el procedimiento
de ejecución : p. 251.
8.
Es improcedente
el recurso
extraordinario
contra
la sen-
tencia
respecto de la cual ha sido bien concedido el recurso
ordinario
de apelación:
p. 310.
'
9.
Es improcedente
el recurso
extraordinario
deducido
por
una empresa telefónica
contra
la resolución
del superior
tri-
bunal
provincial
que, en un recurso
de inconstitucionalidad
interpuesto
por aquélla, rechazó su pretensión
de que se de-
clarase caduca una concesión anterior
que le imponía la gra-
tuidad
de algunos servicios, si en un recurso contencioso ante-
riorment.e tramitado
quedó resuelto de modo firme que carecía
de derecho para cobrarlos, por no ser incompatible "lasubsisten-
cia de esa obligación con el régimen
de las leyes nacionales
750 1/2 y 4408 invocadas por la recurrente:
p. 326.
10.
Es improcedente
el recurso ext.raordinario
fundado
en la'
violación del arto 18 de la Consto Nacional por .haberse decla-
.