EXTRAORDINARIO
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_714
Keywords / Subjects
RECURSO EXTRAORDINARIO
Ruling Text
722
•
REOURSO
EXTRAORDINARIO
Oportunidad.
66.
La regla ¡:;egúnla cual la cuestión federal base q.el re-
curso extraordinario debe plantearse oportunamente, es tam-
bién aplicable a los casos en qúe se lo interpone contra resolu-
ciones de organismos administrativos; No.rige-en los supuestos
en que no se hubiere dado audiencia al recurrent.e, ni en los
casos de decisiones sorpresivas de cuestiones federales: p. 416.
Planteamiento en 19 instancia.
67.
Por regla general la cuestión federal hase del recurso ex-
traordinario debe plantearse en oportunidad de trabarse la litis
contestación: p. 165.
Planteamiento en 2' instancia.
68.
Es improcedente el recurso extraordin.ario fundado en la
in.con.stitucion.alidaddel art. 13 del Cód. con.tencioso-adminis-
trativo de la Prov. de Bs. Aires en. cuan.to señala el término
de treinta días para deducir las acciones a que se refiere, con-
tra la sen.ten.ciade segunda in.stan.cia que, sin. resolver esta
cuest.ión tardíamente planteada, se limita a decidir que, con-
forme a lo que dispon.enlas leyes locales, no compete a la jus-
ticia ordinaria de la provin.cia sin.o a la Suprema Corte de la
Provin.cia entender en. la acción"deducida por el recurren.te:
p. 60.
Interposición
del recurso.
Quienes
pueden
interponerlo.
69.
En principio los terceros no pueden.interpon.er recurso ex-
traordinario ni aun cuando les alcancen. los efectos de la sen.-
tencia de que apelan" si ello sucede por aplicación.n.oarbitraria
de disposiciones de derecho común o cuando exista remedio en
el orden local. Y así los subinquilinos y cesionarios a quienes
se ha oído y respecto de los cuales se ha declarado que no tienen
mejor derecho que el locatario; n.opueden.interpon.er el recurso
extraordinario:
p. 162.
Término.
7Ó. Es extemporán.eoel recurso extraordinario interpuesto el
sexto día hábil después .del comparen.do a que concurrió el re-
currente y en. el cual se dictó la senten.cia apelada: p. 68..
71.
No subsiste el recurso extraordinario in.terpuesto\contra
una sentencia de la Cám. en lo Civ. y Comercial de La Plata
subsidiariamente y par!l el caso de no concederse el qe inaplica-
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