← Back to results

Así sucede en los casos que se agrupan

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_306

Ruling Text

310 FALLOS DE LA CORTE SUPRE~A antisubversiva. Así sucede en los casos que se agrupan alrededor de Ramón Miralles, Juan Claudia Chavanne, entre otros. Al considerar~ se las cuestiones de hecho Nros. 84, 114, 115, 116 Y 117, se explican los motivos por los que integraron el sistema represivo. 7. - En cuanto a los informes que motivan la acusación por fal~ sedad ideológica, ha de hacerse un distingo entre negativos y men- daces: cuando la fuerza que lo produjo no intervino en la privación de la libertad, se lo caracteriza COill0 negativo; de adverso, se lo reputa mendaz. El distingo estriba en que a falta de prueba sobre la existencia de la posesión por parte de cada una de las fuerzas de la infornlación de las acciones de las otras, y afirmada la responsa- bilidad por comando, no resulta acreditado que cualquier informe negativo pueda importar una falsedad. d) Sistema de apreciación de la prueba. Sobre tal tema se centran los mayores agravios defensistas; de ellos pasa el Tribunal a hacerse cargo, siguiendo un orden lógico. Según las defensas de los Almtes. Lambruschini y Massera, el sistema de apreciación de la prueba estatuido por el Cód. de Justi~ cia Militar, en cuanto consagra el de las íntimas convicciones, no debe ser aplicado por el Tribun;;tl que, por su carácter técnico, está obligado a que sus conclusiones sean derivación razonada de la misma. Al respecto conviene esclarecer el punto caracterizando al 5is.. tema que adopta dicho código. El art. 392, párrafo segundo, reza: "Los consejos de guerra pro~ cederán como jurados en la apreciación de la prueba, y como jue~ ces de derecho en la calificación legal de los hechos que declaren probados en la sentencia, y en la observancia de las reglas proce- sales", Por su parte, el art. 401, al ocuparse del contenido que debe tener la sentencia, en sli ine. 1'?,establece: "La relación de los he-