DE JUSTICIA
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 341
ID: fallos_341_367
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
ROBO
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
371
El testimonio
de la víctima resulta
conteste con el de su nuera,
Norma Ester Leanza de Chiesa. Ambos relatan
que ese día, tras
la
detención
de su hijo Alcides Antonio y al regresar
de buscarlo
en
las comisarías
de la zona, encontraron
en su domicilio
un
grupo
de personas
armadas
quienes,
tras
revisar
la casa,
se llevaron
a
ambos
en el auton1óvil Citroen
de propiedad
de su hijo,
con los
ojos vendados.
Por otra parte,
está probado
que a Alcides Santiago
Chicsa se
lo mantuvo
clandestinamente
en cautiverio
en la Brigada
de In-
vestigaciones
de Quilmes
("Pozo de Quilmes")
y
en la Comisaría
de Don Basca
("Puesto
Vasco"),
pertenecientes
a la Policía de la
Provincia
de Buenos Aires
y que dependían
operacionalmente
~el
Primer
Cuerpo de Ejército.
Ello así por sus manifestaciones,
contestes
con las de Norma
Ester
Leanza de Chiesa, en el sentido de que ambos fueron condu-
cidos a dichos lugares. Corrobora
la convicción, del Tribunal
al res-
pecto la circunstancia
de que esta última
fue vista en esos centros
de detención por Alberto Felipe Maly, Ruben Schell, Alberto Osvaldo
Derman y Jorge Alberto Allega.
Durante
todo ese tiempo o parte
de él se le impusieron
condi-
ciones inhumanas
de vida y alojamiento.
Las declaraciones
de la. víctima, que dice haber
sido esposado
a la espalda y vendado, y especialmente
lo referente
a las condicio-
nes
de
ali~entación,
alojamiento
e higiene,
son
coincidentes
con
las de Norma Leanza de Chiesa y de las demás personas
que com.
partieron
cautiverio
en dichos lugares,
según
se da cuenta
en el
caso anterior.
No obstante
ello, no se ha probado
que en ocasión de su cauti-
verio fuera sometido a algún mecanismo
de tortura.
No se han recogido
elementos
de prueba
que sean suficientes
para
acreditar
dicha circunstancia.