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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 341 ID: fallos_341_367

Voces / Materias

PROPIEDAD ROBO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 371 El testimonio de la víctima resulta conteste con el de su nuera, Norma Ester Leanza de Chiesa. Ambos relatan que ese día, tras la detención de su hijo Alcides Antonio y al regresar de buscarlo en las comisarías de la zona, encontraron en su domicilio un grupo de personas armadas quienes, tras revisar la casa, se llevaron a ambos en el auton1óvil Citroen de propiedad de su hijo, con los ojos vendados. Por otra parte, está probado que a Alcides Santiago Chicsa se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en la Brigada de In- vestigaciones de Quilmes ("Pozo de Quilmes") y en la Comisaría de Don Basca ("Puesto Vasco"), pertenecientes a la Policía de la Provincia de Buenos Aires y que dependían operacionalmente ~el Primer Cuerpo de Ejército. Ello así por sus manifestaciones, contestes con las de Norma Ester Leanza de Chiesa, en el sentido de que ambos fueron condu- cidos a dichos lugares. Corrobora la convicción, del Tribunal al res- pecto la circunstancia de que esta última fue vista en esos centros de detención por Alberto Felipe Maly, Ruben Schell, Alberto Osvaldo Derman y Jorge Alberto Allega. Durante todo ese tiempo o parte de él se le impusieron condi- ciones inhumanas de vida y alojamiento. Las declaraciones de la. víctima, que dice haber sido esposado a la espalda y vendado, y especialmente lo referente a las condicio- nes de ali~entación, alojamiento e higiene, son coincidentes con las de Norma Leanza de Chiesa y de las demás personas que com. partieron cautiverio en dichos lugares, según se da cuenta en el caso anterior. No obstante ello, no se ha probado que en ocasión de su cauti- verio fuera sometido a algún mecanismo de tortura. No se han recogido elementos de prueba que sean suficientes para acreditar dicha circunstancia.