DE JUSTrCJ A DE L.<\ NACIÓN
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 341
ID: fallos_341_407
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
Ruling Text
DE JUSTrCJ A DE L.<\ NACIÓN
411
Como consecuencia de ello, no existió sustento
legal alguno que
justificara
la privación
de su libertad
con anterioridad
y posterio-
ridad a dicho lapso. Por otra parte, no fue sometida
a ningún tipo
de proceso ante autoridades
judiciales
o militares,
ni fue puesta
a
disposición
del Poder Ejecutivo Nacional. Todo ello reafirma
la ile-
galidad de su detención
y la clandestinidad
de su cautiverio.
\
Se encuentra
suficientemente
demostrado
también
que con pos-
terioridad
a la detención de Norma Livia Formiga, el personal
pro.
c~dió a retirar
de su vivienda muebles
y efectos personales.
En este sentido, son relevantes las declaraciones
de Nicolás Tri-
velli, vecino de Norma
Livia Formiga y propietario
de la vivienda
en que ella habitaba,
quien afirma que el día del procedimiento,
en
horas
de la noche, un grupo de personas
se llevó gran cantidad
de
bienes del departamento
y procedió a la clausura
del mismo, colo-
cando la faja a la que se ha hecho mención precedentemente.
Entre los objetos que se llevaron, el testigo Trivelli afirma
que
había varios de su propiedad,
que nunca le fueron
restituídos;
no
obstante las reclamaciones
efectuadas
ante el Regimiento' N? 7.
Refiere asimismo
que unos dos meses después, luego de varias
gestiones en dicha unidad militar, le entregaron
las llaves de la vi.
vienda a su esposa, y días más tarde una comisión encabezada
por
el entonces
Sarg~nto Prinle~o Juan
Basilio Viscelli, procedió a con.
feccianar un -inventario de los bienes que quedaban
y a su secuestro,
entregándole
la correspondiente
constancia,
que obra reservada,
en
poder
del Tribunal,
y que fuera
reconocida
por Viscell,i en la Au-
diencia.
No está probado que Norma Livia Fornliga recuperó
su libertad.
En efecto, la nombrada. no fue vuelta a ver ni se tuvieron más noti-
cias de ella.
En cuanto
al conocimiento
que pudieron
haber
tenido
los Bri-
gadieres Generales
Ornar Rubens
Graffigna
y Basilio Arturo
Lami
Daza, el Teniente
General Leopoldo
Fortunato
Galtieri. y el Alnli-
rante
Jorge
Isaac
Anaya acerca
de la privación
de la libertad
de