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DE L\ CORTE SUPREMA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_414

Judges

Ocampo

Ruling Text

418 FALLOS DE L\ CORTE SUPREMA tad tal que le permitia desenvolverse con la seguridad de no ser interferidos por el accionar de ninguna otra fuerza pública que ac- tuara en defensa de las víctimas a quienes acechaba e, incluso, para continuar el "procedimiento" interi'umpido. Resulta pues, que ade- más de su invocada pertenencia a la Fuerza Ejército o de Seguridad dependiente de ésta, indudablemente lo eran. No obstante lo expuesto, no está probado que con posterioridad a dicha aprehensión, Selma Inés Ocampo fuera conducida a depen- dencias de la Dirección de Seguridad Federal de la Policía Federal. Aún cuando Adolfo Teodosio Ocampo afirmó que Carlos Nicolás Romanella -3 quien recurrió por su condición de militar en a,etivi- dad para averiguar lo ocurrido con su hija-, le había referido que ella se encontraba en ese lugar, no resulta suficiente para concluir afirmativamente al respecto, aún cuando ciertos datos que dice que el consultado aportara, candicen con las características del suceso, tal como el no' hallazgo de armas en su poder y la falta de resisten- cia por parte de ]a víctima, pese al tiempo que demandó el proce- dimiento. Se ha demostrado que desde esa fecha, se realizaron gestiones ante autoridades en procura de su paradero y libertad. Ello surge de los dichos del padre de la víctima, Adolfo T. Ocam- po, quien refiere haber presentado cuatro recursos de hábeas cor- pus, uno de los cuales obra agregado al proceso, y haber enviado una carta certificada al entonces Presidente de la República, Tenien- te General Jorge R. Videla, y las gestiones realizadas por intermedio de Carlos Nicolás Romanella, a las que ya se hiciera referencia. Se halla debidamente probado, que en ocasión de .er aprehen- dida Selma Inés Ocampo, le fueron sustraidos diversos objetos de valor. Así se desprende de lo declarado por su padre, en el sentido de que pudo comprobar que había sido sustraido "todo lo robable" y "hasta las lamparitas de luz"; por Horado P. Ballester, quien se ex-