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DE JUSTICIA

10/08/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_479

Keywords / Subjects

BANCO MATRIMONIO

Ruling Text

DE JUSTICIA DE Lo\. NACIÓN CASO N? 85: WEISZ, MARCELO 483 Está probado que Marcelo Weisz fue privado de su libertad el día 10 de agosto de 1977. Ello surge de la declaración de Clotilde Arnanda Folgan de Gon- zález, quien no obstante no ser testigo directo del hecho, relata que en esa fecha se presentó un grupo de personas' que le entregaron "el hijo del matrimonio Weisz, que contaba con tres meses de edad, anun- ciándole su detencion y regresando ese mismo día para hacerle ~n- trega de la ropa y documentos del menor. Refiere haber concurrido a la vivienda del matrimonio, la que encontró deshabitada y en des- orden, y el modo como un mes después comenzó a tener contacto ,~con éstos, siempre bajo severas medidas de seguridad. Por otra parte, debe tenerse presente la prueba obrante en autos acerca de su permanen~ia en lugares de detención, como se verá más adelante. Como consecuencia de su cautiverio se hicieron gestiones ante autoridades en procura de su paradero y libertad. Ello se comprueba teniendo a la vista la causa 523 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N? 3, Y por los dichos de la ya citada Clotilde Arnanda Folgan de Gon- zález. A fs. 16 de esta causa, las autoridades requeridas contestan ne~ gando la detención. También está probado que a Marcelo Weisz se lo mantuvo clan- destinamente en detención en los denominados "Banco" y HOlim~ po", que dependían operacionalmente del Ejército Argentino. Ello surge de los dichos de Mario César Villani; Enrique Car- los Ghezan, quien además lo señala como uno de los detenidos que formaban parte del "Consejo" en el área "inteligencia"; Mabel Mer-