DE J..A coxru
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_602
Texto del Fallo
606
llAll.OS
DE J..A coxru
SUPRIlMA
CASO N? 140: VlOTTI,
SILVIO
OCTAVIO (h)
Está
probado
que Silvia Oetavio Viotti
(hijo),
estudiante
seeun-
dario, fue privado
ilegalmente
de su libertad
entre
las 22 y 23 horas
del día 5 de d1eiembre
de 1977 en la loealidad
de ViJJa Gran Parque
Guiñazú,
Provincia
de Córdoba,
por
un grupo
armado
compuesto
por personal
uniformado
de Gendarmería
Nacional,
Policía
Provin-
cial y personas
de civil.
Ello
surge
de
sus
propios
diehos,
ante
el Tribunal,
relatando
que ese día y hora, al llegar
a la finca
de su padre con Francisco
Vijandc,
un
grupo
de entre
15 y 20 personas
tomaron
por
asalto
a este
último.
diciendo
a gritos
que lo. estaban
esperando
y, tras
una fuerte
gol piza,
hicieron
lo propio
con él, los ataron
de pies
y
manos
y les cubrieron
los
ojos
con vendas,
luego
los
condujeron
acostados
en los asientos
traseros
de sendos
automóviles,
arribando,
al cabo de una hora de viaje, a un campo de detención.
Su madrc, en la audiencia
oral, refiere habcr conocido
el hecho
cuando
rcgresó
su
hijo
menor,
conforme
queda
dicho
en el caso
que antecede
y haber tomado
conciencia
real de su significación
el
día sábado cuando
ni su hijo, ni su esposo
regresaron,
conforme
lo
habia
anunciado
el primero.
Luego
de su detención
se hicieron
gestiones
en procura
dc la
avcdguaci6n
de su paradero y de su libertad.
Se dan
aquí,
por
reproducidas,
las consideraciones
efectuadas
en el easo
139.
A Silvia
Octavio
Viotti
(h),
se lo mantuvo
en cautiverio
en el
centro
clandestino
de detención
l/La Perla", donde actuaban
fuerzas
bajo
el eomando
operaeional
del III?
Cuerpo
de Ejéreito.
Ello
surge
de sus
propias
declaraciones
en el sentido
que por
las características
del lugar, que hizo conocer
a sus posteriores
COffi-
palieros
de detención,
supo que ese era el 'de su primer
secuestro.