DE LA CORTE SUPRE~L\
12/09/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 341
ID: fallos_341_658
Voces / Materias
ALIMENTOS
ROBO
Texto del Fallo
662
FAlLOS
DE LA CORTE SUPRE~L\
Los testigos
ya aludidos,
que afirman
haber
compartido
su cau-
tiverio
con Watts,
brindan
una similar
descripción
del lugar
de tor-
tura y afirman que todos eran sometidos a iguales mecanismos. Es-
pecíficamente
el testigo
Roberto
Osear Arrigo manifiesta
haber
visto
cuando
la víctima
era torturada.
Además, durante
todo ese tiempo
o parte
de él, se le impusieron
condiciones
inhpmanas
de .vida y alojamiento.
La víctima
relata
que
los alimentos
dentro'
del "Vesubio"
eran
escasos,
ya que eran
transportados
desde una unidad. militar,
calcu-
ladas
para
vcinte
personas
y en el centro
eran
sesenta.
Agrega que
debió permanecer
tirado
en lo que se denominaba
"cuchas",
que eran
pequeños
lugares
donde estaoan atados
y encapuchados.
con hambre
y sucios.
Tampoco
existía
ninguna
clase de control
médico.
Lo expuesto,
encuentra
amplia
corroborac"ión
en los testimonios
de los demás
cautivos
ya referidos
en las dos cuestiones
de hecho
anteriores.
Existe coincidencia
,en cuanto
a las condiciones
infrahumanas
de
vida a la que eran sometidos
en el centro
de detención.
Está probado
que el día 12 de septiembre
de 1978 es trasladado,
permaneciendo
a
disposición
de
la Justicia
Militar
hasta
su
libe-
ración.
\Vatts
refiere
la forma
en que se produjo
el traslado
en una ca-
mioneta
cerrada
junto
a un
grupo
de personas
en su misma
situa-
ción hasta
la Unidad 9 del Servicio
Penitenciario
Federal
donde
final-
mente
recuperó
su libertad
el 22 de mayo
de 1979. Dicho procedi-
miento
era el que comúnmente
se empleaba
pru'a lo que se denomi-
naba
el "blanqueo"
de detenidos,
y a él hacen
referencia
María
An-
gélica
~érez
de Micflik
-caso
157-
y Estrella
Iglesias
Espasandín
----<:aso158-.
En cambio
no está probado,
que con posterioridad
a su delen-
ción le fueran
sustraídos
de su domicilio
diversos
objetos
personales.