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DE JUSTICIA

31/03/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_689

Voces / Materias

BANCO PENSIÓN ROBO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 693 Por su parte, a fs. 3 del sumario administrativo antes mencionado, se dispuso la suspensión preventiva del doctor Malagarriga, como consecuencia de su detención, el día 31 de marzo de 1977. A fs. 7, el doctor Malagarriga' solicitó que cesara dicha suspensión, al haber recuperado su libertad el día 5 de abril de 1977. Durante todo ese tien1po o parte de él se le impusieron condi- ciones inhumanas de, vida y alojamiento. Los dichos de la víctima al respecto se ven corroborados por los del doctor Malagarriga, relatando ambos que al llégar al lugar de cautiverio se los puso en el suelo. y los esposaron, pasando la noche en esas condiciones, 'El doctor Malagarriga manifestó que, como consecuencia del cáutiverio, le tuvieron que hacer una pequeña intervención en la muñeca, porque tenía una infección considerable, y 40 grados de fiebre. Manifestaron, además, que mientras duró su cautiverio no se los llevó al baño, y sus necesidades debían hacerlas en un tacho que pasaban por los boxes donde estaban encerrados. Por último, Luis Canale recuperó su libertad el día 5 de abril de .1977. Sus dichos en tal sentido se compadecen con .los de Juan Carlos Malagarriga. Por último, surge de autos, que los h~chos que damnificaron a Luis Canale fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecbo N? 146. CASO N? 173: MALAGARR1GA,JUAN CARLOS Está probado que el doctor Juan Carlos Malagarriga fue privado de su libertad el día 29 de marzo de 1977, en las oficinas del Banco de la Nación Argentina -Casa Central-, por efectivos del -Ejército Argentino.