CORTE SUPRE1lA
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_780
Keywords / Subjects
ROBO
Ruling Text
784
FALLOS DE l.t\
CORTE SUPRE1lA
supuesta
falsedad
instrumental.
Tampoeo
se prueba
que los Briga-
dieres
Generales
Graffigna
y Lami Doza, y el Teniente
General
Gal-
tieri
y el Almirante
Anaya hayan
tenido
conocimiento
del
evento
que se imputa.
CASO N? 211: DOMaN, ALICIA ANA MARIA JUANA
Está
prob~do
que el 8 de dieiembre
de 1977, en las úllimas
ho-
ras de la tarde, Alicia Ana María Juana Domon
fue privada
de
su
libertad
por personas
de civil
que
se identificaron
como
policías,
mientras
se encontraba
reunida en el atrio de la Iglesia
de la Santa
Cruz con otros
familiares
de desaparecidos.
En efecto,
encuentra
sustento
tal afirmación
en el
minucioso
relato
que
efectúa
la
presentante
del
hábeas
corpus
que
en su
oportunidad
se interpuso
en favor
de aquélla,
con los diehos
de la
testigo
del heeho
María
del Rosario
Amériea
Carballeda
de Cerrutti
y Oronzo Vinehi Mastrogiácomo
(fs. 287 y 328 del sumario
8653 del
Juzgado
Federal
Nt? S), afirmando
este
último
que
la causante
era
la encargada
de recaudar
los fondos
que ese día estaban
reuniendo
para
publiear
una
solicitada
y
que
fue
aprehendida
y
esposada
con- los brazos a su espalda.
La nombrada
Carballeda
de Cerrutti,
al igual que la tes ligo pre-
sencial
Beatriz
Aicardi
de Neushaus,
también
así
lo afirman
anté
este Tribunal.
También se acreditó
que se hicieron
gestiones
ante autoridades
en procura
de la averiguación
de su paradero
y libertad,
que cons-
tituyen
un elemento
corroborante
de la denuncia,
por los resultados
que más adelante se expondrán, coadyuvando
a la ponderación
lógica
del evento
en examen.
Se
presentó
en una acción
de hábeas
corpus
ante el Juzgado
Federal
N? 5 informando
la Policía
Federal,
el Ministerio
del Inte~
rior y el Comando del Primer Cuerpo de Ejército
en forma negativa
•(eonfr. fs. 6, 7 Y 11 de la citada
acción).