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CORTE SUPRE1lA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_780

Voces / Materias

ROBO

Texto del Fallo

784 FALLOS DE l.t\ CORTE SUPRE1lA supuesta falsedad instrumental. Tampoeo se prueba que los Briga- dieres Generales Graffigna y Lami Doza, y el Teniente General Gal- tieri y el Almirante Anaya hayan tenido conocimiento del evento que se imputa. CASO N? 211: DOMaN, ALICIA ANA MARIA JUANA Está prob~do que el 8 de dieiembre de 1977, en las úllimas ho- ras de la tarde, Alicia Ana María Juana Domon fue privada de su libertad por personas de civil que se identificaron como policías, mientras se encontraba reunida en el atrio de la Iglesia de la Santa Cruz con otros familiares de desaparecidos. En efecto, encuentra sustento tal afirmación en el minucioso relato que efectúa la presentante del hábeas corpus que en su oportunidad se interpuso en favor de aquélla, con los diehos de la testigo del heeho María del Rosario Amériea Carballeda de Cerrutti y Oronzo Vinehi Mastrogiácomo (fs. 287 y 328 del sumario 8653 del Juzgado Federal Nt? S), afirmando este último que la causante era la encargada de recaudar los fondos que ese día estaban reuniendo para publiear una solicitada y que fue aprehendida y esposada con- los brazos a su espalda. La nombrada Carballeda de Cerrutti, al igual que la tes ligo pre- sencial Beatriz Aicardi de Neushaus, también así lo afirman anté este Tribunal. También se acreditó que se hicieron gestiones ante autoridades en procura de la averiguación de su paradero y libertad, que cons- tituyen un elemento corroborante de la denuncia, por los resultados que más adelante se expondrán, coadyuvando a la ponderación lógica del evento en examen. Se presentó en una acción de hábeas corpus ante el Juzgado Federal N? 5 informando la Policía Federal, el Ministerio del Inte~ rior y el Comando del Primer Cuerpo de Ejército en forma negativa •(eonfr. fs. 6, 7 Y 11 de la citada acción).