ASTIZ, Alejandro Marcos s/privación ile- gal de la libertad
17/01/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 341
ID: fallos_341_911
Judges
García
Keywords / Subjects
HÁBEAS CORPUS
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
915
Surge
de las declaraciones
de su madre,
Sara
Aidée Ruiz de
Astíz, en autos N9 23.879, "ASTIZ, Alejandro Marcos s/privación
ile-
gal de la libertad",
que tramitó
ante el Juzgado
de Primera
Instan-
cia en lo Criminal de Instrucción
N? 27, Secretaría
N'? 106, fojas
14,
y de su hermana
ante el Tribunal. en el sentido que ese día y hora,
se presentaron
en su domicilio personas
armadas,
vestidas
de civil,
que por la fuerza lo llevaron en el baúl de un automóvil.
Agrega
que a la semana volvieron a buscar
ropa alegando que le dejarían
en libertad
y que no volvió a verlos.
Cabe agregar
a estas consideraciones,
que a Alejandro
Marcos
Astiz se lo mantuvo
clandestinamente
en cautiverio
en "Mansión
Seré", donde actuaba
personal
de la Fuerza
Aérea.
En tal sentido, son indicios serios y concordantes,
las declara-
ciones de Cinquemani;
de Rosomano,
quien relata
haber
oído
su
voz; de Garritano,
que manifiesta
que lo reconoció
el 17 de enero
de 1978 en oportunidad
en que lo trajeron
a la sala de torturas;
de
Tamburrini
y Fernández,
quienes fueron conlpañeros
de habitación
en el cautiverio
y relatan
que salió de ella, según la guardia, para
ser trasladado
a un penal a fin de ser anotado
a disposición
del
PEN. Señalan los dos últimos
que cuando pidieron
el diario
para
confirmar.lo se lo negaron
y que, luego, "Lucas", uno de los inte-
grantes
de una guardia,
les manifestó
que
lo habían
matado,
sin
aclarar
quién ni en qué circunstancias.
Fcrnández
añade
que Astiz
fue úno de los integrantes
de la partida
de naipes que jugaran
con
Ramella
y GarCÍa.
Durante
su
detención
se hicieron
gestiones
en procura
de la
,averiguación
de su paradero
y libertad.
En el ámbito
judicial se interpuso
un hábeas corpus que origi-
nó la causa por privación
ilegal de la libertad,
ya individualizada .
.Sobre ello declaran también su madre y su hermana
(vid. autos cit.).
Está probado. que con motivo de una solicitud judicial la auto-
ridad requerida
contestó negativamente.
A fs. 6 del expediente
referido,
obra un informe
del Comando
.en Jefe del Ejérci~o, Jefatura
1, Personal, poniendo en conocimiento