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La Escuelita

31/01/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_921

Keywords / Subjects

ROBO

Cited Norms

decreto 3055

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 925 Por su parte, fue pu~sto a disposición: del Poder Ejecutivo Na- cional el día 31 de enero de 1977, tal como surge de las constancias del decreto N? 1/77 cuya copia obra reservada en el Tribunal. A Jorge Antonio Abel se lo mantuvo ilegalmente en cautiverio en el lugar de detención conocido como "La Escuelita", situado en las inmediaciones de la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Bue- nos Aires, que dependía del comando del Quinto Cuerpo de Ejército. De acuerdo con lo que se dio por probado anteriormente, Abel fue privado de su libertad sin justificación legal alguna desde el 15 de diciembre de 1976 hasta el día en que se dispuso su arresto a disposición del Poder Ej~cutivo, el 3 de enero de 1977. En cuanto a su cautiverio en "La Escuelita", los dichos. de l~ víctinla se encuentran corroborados suficientemente con los de Héc. torOJuan Ayala, quien declaró en la Audiencia que compartió su prisión con Abel en el mencionado lugar, entre ~l 20 Y el 24 de di- ciembre de 1976. Durante todo ese tiempo o parte de él se le impusieron condi- ciones inhumanas de vida y alojamiento. Respecto de las condiciones' de vida en "La Escuelita", el Tri- bunal se relnite a las consideraciones efectuadas en el caso N'? 188.; No está probado que en ocasión de su cautiverio fuera some- tido a algún mecanismo de tortura. Sus dichos en la Comisión Na- .c~onal sobre Desaparición de Personas no son suficientes, a juicio del Tribunal, para acreditar las torturas de que dijo haber sido -objeto. Jorge Antonio Abel dejó de estar arrestado a disposición del Poder Ejecutivo Nacional el día 21 de diciembre de 1978. Ello se desprende de los términos del decreto 3055 de esa fecha. Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Jorge Antonio Abel fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto -en la cuestión de hecho N? 146.