FAl.LOS IlE LA CORTE SUPREMA
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 341
ID: fallos_341_928
Keywords / Subjects
BANCO
Ruling Text
932
FAl.LOS IlE LA CORTE SUPREMA
Para
la fundamentación
de esta cuestión
de" hecho,
se hace remi-
sión a las consideraciones
vertidas
en el caso anterior,
dado
que por
ser
~etenido
Guagnini
juntamente
con Guillermo
Pagés
Larraya,
po.
seen
ambos
casos elementos
probatorios
en común.
Está
probado
que,
luego de ello, se hicieron
gestiones
ante
auto-
ridades
en procura
de su paradero
y libertad.
Obran
agregados
a las actuaciones,
cuatro
cxped~cntes
(Nras.
12.377 del Juzgado
Federal
N? 2; 1381 del Juzgado
Federal
N? 5, am-
bos de esta
Capital;
5194 del Juzgado
de Instrucción
N? 16 Y 417 del
de Sentencia
letra "N") donde se interpuso recurso
de hábeas
corpus
en favor
de Guagnini.
Está
probado
que
a Luis
Rodolfo
Guagnini
se lo mantuvo
en
cautiverio
en
los
centros
clandestinos
de
detención
denominados
"Club Atlético"
y "El Banco:',
pertenecientes
a la Policía
Federal
que
actuaba
bajo el comando
operacional
del Primer
Cuerpo de Ejército.
Ello SUI'ge del testimonio
aportado
por
Nora Beatriz
Bernal
y
Nelva A, Méndez de Falconc en cuanto
compartieron
cautiverio
con
Guagnini en "El Banco".
Además
han de evaluarse
los dichos verti~
dos por Mario Villani, al prestar
testimonio
en la causa N? 4821 ya
especificada
en el caso anterior,
del que se desprende
que a Guagnini,
quien era esp¿-so de una 'amiga
del nombrado,
lo encontró
detenido
en el "Club
Atlético".
(ver [s. 23 del 2? cuerpo
de dicho
testimonio).
Está probado
que Luis Rodolfo Guagnini fue sometido
a un me.
canismo
de tortura.
Mario Villani, ya citado,
a fs. 270 del testimonio
de la causa
4821
es inú:rrogado
específicamente
por esta circunstancia,
y declara
que,
como en el común de ]os casos, Guagnini en un principio
fue tortura~
do, para luego ir obteniendo
un trato más benévolo. Ha de tenerse
en
cuenta
para evaluar
este t.estimonio que estos términos
se ,adecuan
a
]a modalidad
operativa
que impel:aba en estos "centros de detención".
No está
probado
ql:le Luis
Rodolfo
Guagnini
haya
sido
visto
luego
de ello
en
libertad.