DE LA CORTE SUPREMA
22/08/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_978
Keywords / Subjects
ROBO
Ruling Text
982
FALLOS
DE LA CORTE SUPREMA
encuentra
debida
corroboración
en los testimonios
de la ya citada
Fernández
Blanco
de
Ghezán
testigo
presencial
del
hecho, y
de
su esposo quien escuchó sus gritos de dolor.
EIsa Lombardo
recuperó
su libertad
el día 22 de agosto de 1978.
Ello resulta
de sus propios
testimonios
que han de ser tenidos
por verosímiles.
Por
último,
surge
de autos,
que Jos hechos
que damnificaron
a EIsa Lombardo
fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
des-
cripto
en la cuestión
de hecho N~ 146.
CASO N9 328: LERCHUNDI,
MARIO EDUARDO
El Tribunal
tiene
presente
10 dictaminado
por
el sej'jor Fiscal
en cuanto
solicita
la absolución
de los procesados
respecto
de este
caso,
]0 que así se resolverá.
CASO N~ 329: BENlTEZ,
MIGUEL ANGEL
Está probado
que Miguel Angel Benítez
fue privado
de su .Iiber-
tad el 2 de agosto de 1978 en la calle Irala
1153 de la Capital Federal,
por
personal
dependiente
del
Ejército
Argentino.
En tal sentido,
el nombrado
al declarar
ante
la Comisión
Na-
cional
sobre
la Desaparición
de Personas
y en 'el Juzgado 'Federal
N~ 6, Secretaría
N9 16, en Jos autos N9 4821, caratulados:
"CONADEP
s/denuncia"
-conf.
fs. 102-,
manifestó
haber
sido secuestrado
en
horas de la nlañana
por un grupo armado vestido
de civil, que dijo
pertenecer
a la División
Robos y Hurtos
de la Policía
Federal.
Su testimonio
encuentra
corroboración
en el hecho
de haber
sido
visto
en cautiverio
para la época
de su privación
de la liber~
tad, por diversos
testigos.