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DE LA CORTE SUPREMA

22/08/1978 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_978

Voces / Materias

ROBO

Texto del Fallo

982 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA encuentra debida corroboración en los testimonios de la ya citada Fernández Blanco de Ghezán testigo presencial del hecho, y de su esposo quien escuchó sus gritos de dolor. EIsa Lombardo recuperó su libertad el día 22 de agosto de 1978. Ello resulta de sus propios testimonios que han de ser tenidos por verosímiles. Por último, surge de autos, que Jos hechos que damnificaron a EIsa Lombardo fueron desarrollados de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N~ 146. CASO N9 328: LERCHUNDI, MARIO EDUARDO El Tribunal tiene presente 10 dictaminado por el sej'jor Fiscal en cuanto solicita la absolución de los procesados respecto de este caso, ]0 que así se resolverá. CASO N~ 329: BENlTEZ, MIGUEL ANGEL Está probado que Miguel Angel Benítez fue privado de su .Iiber- tad el 2 de agosto de 1978 en la calle Irala 1153 de la Capital Federal, por personal dependiente del Ejército Argentino. En tal sentido, el nombrado al declarar ante la Comisión Na- cional sobre la Desaparición de Personas y en 'el Juzgado 'Federal N~ 6, Secretaría N9 16, en Jos autos N9 4821, caratulados: "CONADEP s/denuncia" -conf. fs. 102-, manifestó haber sido secuestrado en horas de la nlañana por un grupo armado vestido de civil, que dijo pertenecer a la División Robos y Hurtos de la Policía Federal. Su testimonio encuentra corroboración en el hecho de haber sido visto en cautiverio para la época de su privación de la liber~ tad, por diversos testigos.