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Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-

31/10/1995 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 365 ID: fallos_365_55

Judges

Petracchi Belluscio Levene

Keywords / Subjects

APELACIÓN

Ruling Text

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 31 de octubre de 1995. Autos y Vistos: Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu- rador General, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se decla- ra que deberá entender en la causa en la que se originó este incidente el Juzgado Federal No 1 con asiento en la ciudad de La Plata, al que se le remitirá. Hágase saber a la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires. EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (H.) — GUSTAVO A. BOSSERT. 2121 DE JUSTICIA DE LA NACION 318 GUILLERMO ANDRES MUÑOZ Y OTROS – INCIDENTE– V. NACION ARGENTINA –P.E.N.– CORTE SUPREMA. No corresponde pronunciamiento alguno de la Corte en los supuestos en que las circunstancias sobrevinientes han tornado inoficiosa la decisión. CORTE SUPREMA. Resulta inoficioso un pronunciamiento de la Corte relativo a la integración de la Cámara de Apelaciones, si quien interpuso el recurso de apelación por ante ella quedó desvinculado del proceso al haberse desistido de su citación como tercero, por lo que debe tenerse por desistido de manera implícita el recurso por él arti- culado.