Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
31/10/1995
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 365
ID: fallos_365_55
Jueces
Petracchi
Belluscio
Levene
Voces / Materias
APELACIÓN
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 31 de octubre de 1995.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
rador General, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se decla-
ra que deberá entender en la causa en la que se originó este incidente
el Juzgado Federal No 1 con asiento en la ciudad de La Plata, al que se
le remitirá. Hágase saber a la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y
Correccional del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de
Buenos Aires.
EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (H.) — GUSTAVO A. BOSSERT.
2121
DE JUSTICIA DE LA NACION
318
GUILLERMO ANDRES MUÑOZ Y OTROS – INCIDENTE– V. NACION
ARGENTINA –P.E.N.–
CORTE SUPREMA.
No corresponde pronunciamiento alguno de la Corte en los supuestos en que las
circunstancias sobrevinientes han tornado inoficiosa la decisión.
CORTE SUPREMA.
Resulta inoficioso un pronunciamiento de la Corte relativo a la integración de la
Cámara de Apelaciones, si quien interpuso el recurso de apelación por ante ella
quedó desvinculado del proceso al haberse desistido de su citación como tercero,
por lo que debe tenerse por desistido de manera implícita el recurso por él arti-
culado.