← Volver a resultados

En Buenos Aires, a los

01/01/2019 | CSJN
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Jueces

Ministro De Te Suprema De Justicia De La Nacion

Normas Citadas

ley 26.563 acordada 16/14 acordada 45/16 Código Procesal

Texto del Fallo

ACORDADA43 12018 En Buenos Aires, a los II días del mes dW\ del año dos mil dieciocho, los señores Ministros que suscriben la presente, CONSIDERARON: 1) Que el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, texto según ley 26.563, establece que "serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000)". Con arreglo a esa norma de la ley del rito, es atribución de este Tribunal adecuar anualmente ese valor, si correspondiere (cfr. segundo y tercer párrafo). 11) Que, en ejercicio de estas facultades, el Tribunal ha ajustado dicho monto en el año 2014 -acordada 16/14- y, mas recientemente, en el año 2016 -acordada 45/16- el que se fijó en la suma de pesos noventa mil ($ 90.000). 111) Que atento el tiempo trarlsurrido" I apropiada preservación de los propósitos perseguidos por la disposición procesal en juego justifica que se proceda a una nueva cuantificación de la suma dineraria de que se trata, sobre la base de una apreciación atenta de la realidad, semejante a la llevada a cabo en oportunidades anteriores. ;",.",-., , , Por ello, ACORDARON: 1) Adeeuar el monto fijado en el segundo parrafo del artieulo 242 del C6digo Proeesal Civil y Comereial de la Naei6n, fijandoselo en el importe de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000). 2) Estableeer que el nuevo monto se aplieara para las demandas o reeonveneiones que se presentaren a partir del 1 de enero de 2019. 3) Poner en eonoeimiento de la presente a las distintas Camaras Naeionales y Federales, y por su intermedio a 105 tribunales que de ellas dependen, ya 105 Tribunales Orales eon asiento en las provineias. Todo lo eual dispusieron y mandaron, ordenando que se eomunique, se publique en el Boletin Oficial, en el sitio web del Tribunai y se registre en el  Iibro correspondiee por ante mi, que doy fe>/--; _-----'1 \,  / / k ' //\-j:.'J CAALO$.ANooROSENI<Rt'M7 . .,.-f'R!SIOENTE DE LA CORTE -- SUPREMA DE JUST DELANACION / CPN. HECTOR OA SECRfTNlIOGENERAl DE com SUfIREMA D£ JUS1'IClA IlE LANACION o LUISLOREN MINISTRO DE COftTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION