Expte. N° 77 2017
Sin fecha
|
CSJN
COMPETENCIA
Jueces
Ministro De La
Voces / Materias
COMPETENCIA
Normas Citadas
ley
1285/58
ley
13998
ley
23.054
acordada
14/08
acordada
47/09
acordada
47/2009
Texto del Fallo
RelOluclón N°
3 \lr
Expte. N° 77/2017
Buenos Aires,
de
enero
de
2017.
Visto
el
expediente
N°
77/2017
Solici tud-
Perito
psquiatría
-Berlinerblau-
Caso
VPC
y
VRP
Vs.
Nicaragua
de
la
Corte
Interamericana
de
Derechos
Humanos-Asoc.
Interamericana
de
Defensorías
Públicas";
y
Considerando:
1°)
Que
la
señora
Defensora
Pública
Interamericana
designada
para
representar
a
la
víctimas
en
un
caso
N°
12960
"V.P.C.
y
V.R.P.
vs.
Nicaragua"-
radicado
por
ante
la
Corte
Interamericana
de
Derechos
Humanos,
solicita
que
se
autorice
a
la
doctora
Virginia
Berlinerblau
para
participar
en
dicha
causa
como
perito
experta,
según
la
propuesta
que
efectuará
en
su
escrito
de
Solicitudes,
Argumentos
y
Pruebas.
Solicita
una
pronta
respuesta,
pues
el
plazo
para
realizar
dicha
presentación
fenece
el
próximo
20
de
enero.
2°)
Que
la
doctora
Virginia
Berlinerblau
se
desempeña
como
funcionaria
del
Cuerpo
Médico
Forense
de
la
Justicia
Nacional,
revistando
en
el
cargo
de
mayor
jerarquía
existente,
perito
médica,
en
la
especialidad
psiquiatría
infanto-juvenil,
según
la
designación
efectuada
por
esta
Corte
mediante
acordada
14/08.
3 0)
Que
por
ser
el
Cuerpo
Medico
Forense
un
6rgano
tecnico
de
naturaleza
y
finalidad
exclusivamente
periciales,
cuyo
objeto
es
el
auxilio
especifico
a
los
6rganos
j urisdiccionales
de
la
Justicia
Nacional
y
Federal,
pesan
sobre
los
profesionales
que
lo
integran
como
funcionarios
ingentes
obligaciones
y
diversas
incompatibilidades
(decreto-ley
1285/58,
arts.
56
y
63;
Reglamento
para
La
Justicia
Nacional,
arts.
6,
8
Y
9;
Reglamento
General
del
Cuerpo
Medico
Forense
de
la
Justicia
Nacional,
aprobado
por
acordada
47/09,
arts.
20,
21,
22,
25
Y
26)
•
4°)
Que
entre
las
incompatibilidades
de
que
se
trata,
corresponde
destacar
la
que
prescribe
-desde
1950-
que
los
integrantes
de
los
cuerpos
tecnicos
y
los
peritos
del
Poder
Judicial
" ...no
podran
ser
designados
peri tos
a
propuesta
de
parte
en
ningun
fuero"
(decreto-ley
1285/58,
art.
63,
inc.
b,
que
reproduce
el
texto
de
la
ley
13998,
art.
72,
inc.
c).
Este
clasico
impedimento,
por
lo
demas,
ha
sido
profundizado
por
esta
Corte
en
oportunidad
de
sancionar
el
reglamento
general
del
Cuerpo
Medico
Forense
aprobado
por
acordada
47/2009,
al
extender
la
prohibici6n
de
ser
peri tos
a
propuesta
de
parte,
en
ciertas
practicas,
durante
los
tres
anos
posteriores
al
cese
en
sus
funciones
(art.
21,
inc.
a).
expresadas,
peritos
del
expertos
a
5°)
Que
en
las
relevantes
razones
Poder
Judicial
tomar
propuesta
de
parte
en
las
condiciones
que
impiden
a
los
intervenci6n
como
toda
otra
causa
2
Expte. N° 77/2017
judicial
e,
inclusive,
Ilevar
a
cabo
evaluaciones
periciales
a
requerimiento
de
las
fuerzas
de
seguridad
ni
de
entes
no
jurisdiccionales,
se
extienden
razonablemente
a
la
tarea
que
da
lugar
a
la
petici6n,
en
la
medida
en
que
se
trata
de
promover
la
actuaci6n
de
la
perito
medica
BerlinerbIau
a
propuesta
de
una
de
las
partes
-las
victimas-
que
actua
en
una
causa
contenciosa
de
naturaleza
jurisdiccional
en
tramite
ante
un.
Tribunal,
como
es
la
Corte
Interamericana
de
Dereehos
Humanos ,
cuya
competencia
ha
sida
reconocida
como
obligatoria
por
la
Republica
Argentina
desde
1984,
en
que
fue
aprobada
la
Convenci6n
Americana
sobre
Dereehos
Humanos
(ley
23.054),
de
raigambre
la
reforma
de
1994
(Constituci6n
constitucional
tras
Nacional,
art.
75,
inc.
22).
6 O)
Que
mas
alla
de
no
dej ar
de
observar
que
el
pedido
de
que
se
trata
se
encontraba
sujeto
a
circunstancias
que
-como
la
conformidad
de
la
perito
medica
y
la
efectiva
admisi6n
de
la
prueba
condicionaban
su
admisibilidad,
ante
las
razones
de
urgencia
invocadas,
la
naturaleza
de
la
causa
jurisdiccional
en
que
se
pide
y
el
earaeter
manifiesto
del
impedimento
de
que
se
trata,
es
apropiado
tornar
una
decisi6n
que
de
una
pronta
respuesta
a
la
petici6n
formulada.
3
Por
elle
SE
RESUELVE:
No
conceder
la
autorización
que
se
solicita
para
que
la
perito
médica
Virginia
Berlinerblau
actúe
como
perito
de
parte
en
la
causa
judicial
que
se
menciona,
en
trámite
ante
la
Corte
Interamericana
de
Derechos
Humanos.
Regístrese
y
cúrsense
en
forma
urgente
las
comunicaciones
pertinentes.
Dese
noticia
a
la
Dirección
General
Pericial
y
por
su
eriCiales del Poder
intermedio
a
todos
los
cuerpos
Judicial
de
la
Nación.
"-"
/. /. IOSEIIIlI1l
/. .
MINISTRO DE LA
. j//
CORTE 8UPREMADEJU8TlCIA
j/
DELANAClON
4
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