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Independencia Nacional

28/02/2024 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
FEDERAL
PROCESAL_EVIDENCIA

Keywords / Subjects

CONCURSO

Cited Norms

Ley 19.362 decreto n° 4107/84 acordada 21/11

Ruling Text

Corte Suprema de Justicia de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Vistas las actuaciones de la referencia, y CONSIDERANDO: 1°) Que la medio oficial –interina- María Natalia Gravino, quien se desempeña en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Necochea, solicita que se le liquide la bonificación adicional en virtud de su título de abogada –fs. 54 y 61-. 2°) Que en función de lo dispuesto en la Ley 19.362 y en los decretos 9530/58, 1428/73 y 4107/84, el Tribunal, mediante la acordada 21/11, dispuso que “(l)a percepción del adicional por título por parte del personal administrativo y técnico, obrero y de servicio del Poder Judicial de la Nación corresponde a los agentes que tengan título universitario o de estudios superiores cuando las normas lo exijan para el desempeño de la función, incluidos los casos en los cuales se hubiera accedido al cargo por concurso o por un procedimiento análogo de selección cuyas RESOLUCION CSJN Nº 290/2024 EXPEDIENTE Nº 6048/2017 Buenos Aires, 28 de febrero de 2024.- bases exigieran la posesión de título; o cuando los agentes que lo poseen cumplan sus tareas con mayor eficacia por aplicar conocimientos adquiridos en la carrera respectiva”. 3°) Que de lo informado a fs. 53 y 55, surge que la peticionaria realiza tareas inherentes al título cuyo reconocimiento solicita. 4°) Que, en consecuencia, corresponde acceder a lo solicitado, por encontrarse cumplidos los requisitos establecidos en la acordada n° 39/85 –modif. por acordada n° 21/11- y, con el alcance previsto en el art. 44, punto I, inciso a, del decreto n° 4107/84, desde el 3/11/23 –ver fs.56/58- y mientras la agente continúe cumpliendo las funciones mencionadas. Por ello, SE RESUELVE: Hacer saber a la Administración General del Consejo de la Magistratura que corresponde liquidar la bonificación adicional por título a favor de la agente María Natalia Gravino, con los alcances establecidos en el considerando cuarto de la presente y sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el inc. i del art. 8 del R.J.N.. Regístrese, hágase saber y remítase copia de fs. 53/63 a la mencionada administración.- Firmado Digitalmente por ROSATTI Horacio Daniel Firmado Digitalmente por ROSENKRANTZ Carlos Fernando Firmado Digitalmente por MAQUEDA Juan Carlos Firmado Digitalmente por LORENZETTI Ricardo Luis