CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
12/03/2025
|
Corte Suprema
CIVIL
Keywords / Subjects
DELITO
LOCACIÓN
Ruling Text
Í'\
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
cir¿¿'
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
Comisión de Preadjudicaciones
DICTAMEN N° 45/25
C.7424/25
Com. de Preadiudicaciones
Expediente N° 2090/24
Resolución AG N° 3397/24
Buenos Aires, 12 de marzo de 2025
Visto el presente expediente N° 2090/24 por el que tramita la
Licitación Pública N° 449/24, a los efectos de servicio de retiro, provisión
y colocación de carpinterías de aluminio con destino a la Dirección de
Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder
Judicial de la Nación -Oficina de Captación de Comunicaciones-;, esta
omisión -previa confección del cuadro comparativo de precios de fs. 739-
i
fiesta:
A la convocatoria en trámite se presentan cuatro (4) ofertas:
N° 1 'HIPSOMÉTRICA S.R.L.', N° 2 'AUSQUI, HORACIO LUIS', N° 3 'NUGENSER
.A.', N° 4 'ASCHIERI, ESTEBAN ARIEL'.
I) DE LA ADMISIBILIDAD
Con fecha 26 de febrero ppdo. se solicitó a la Subdirección de
Seguri
e Infraestructura Edilicia de la Dirección de Asistencia Judicial
en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder Judicial de la Nación,
tenga a bien llevar a cabo el análisis y evaluación de las ofertas que se
presentan al llamado, a efectos de expedirse respecto de la admisibilidad
técnica y conveniencia económica de las mismas -todo en los términos del del
CNN
Art. 51, inc. h, del Régimen de Contrataciones de la CSJN, aprobado por
Acordada n° 38/2023-.
A fojas 785/786 obra el informe técnico elaborado por la citada
Subdirección que, en su carácter de organismo asesor expresa:
La oferta N° 1: "Hipsometrica SRL" no es técnicamente
admisible por no presentar los antecedentes requeridos por la Comisión de
Preadjudicaciones a fojas 764 -ver fs.784-.
". La oferta N' 2: "Horacio Luis Ausqui" es técnicamente
admisible"
La oferta N' 3: "Nugenser SA" no es técnicamente
admisible por lo siguiente: En la planilla de propuesta económica fr. 454,
455 y 456 el oferente aclara que el espesor del vidrio DVH (doble vidriado
hermético) cotizado es 4+4/12/3+3 y que dicho vidrio es espejado. Ambas
características técnicas del vidrio no son las requeridas en las
especificaciones técnicas punto "2.2.2 características técnicas""
". La oferta N° 4: "Esteban Ariel Aschieri" no es
técnicamente admisible debido a que los antecedentes presentados, si bien
son de complejidad similar a lo requerido en las especificaciones técnicas,
estos pertenecen a una razón social distinta a la del oferente."
Asimismo, se destaca que a fojas 743, 745/747, 763, 766, 782,
783 y 787 se incorporan los comprobantes de deuda expedidos por la Agencia de
Recaudación y Control Aduanero respecto de la oferta N° 4 'ASCHIERI, ESTEBAN
ARIEL', de los cuales surge que la misma no acredita la habilidad para
contratar con el Estado, en razón de la aplicación del procedimiento previsto
en la Resolución AFIP n° 4164/2017 -ver requerimiento de subsanación de fojas
744- .
II) DE LA CONVENIENCIA
En cuanto a la conveniencia económica, atento el tiempo
transcurrido entre la estimación presupuestaria realizada por los organismos
competentes a fs. 91 y 126/128 y la fecha de apertura de ofertas, se procedió
a actualizar de la misma -ver cuadro de fs. 762-.
Asimismo, a los fines de analizar la razonabilidad de las
cotizaciones recibidas y dada la aceptable concurrencia, se procedió a
realizar un estudio objetivo de los precios de mercado, considerando como
nuevo valor de referencia a los valores medios -mediana- de las ofertas
recibidas -cfr. act. 762-.
Al respecto, la Subdirección de Seguridad e Infraestructura
Edilicia de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen
Organizado del Poder Judicial de la Nación en carácter Organismo Técnico
asesor a fojas 785/786 manifiesta: "Se señala que el valor cotizado tanto
por la oferta N° 2 "Horacio Luis Ausqui" guarda una adecuada relación con
los valores actuales de mercado.'
Se deja constancia que el monto a preadjudicar resulta inferior
a la estimación presupuestaria actualizada y al valor medio -mediana- de las
ofertas recibidas -ver fs. 762-.
III) DE LOS ASPECTOS FORMALES
C.P.N. DIEGO L MkT‘..:
PRESIDENTE
Comisión de Preadjudicoct000
PODER JUDICIAL DE LA
iffaCONSEJO DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
Comisión de Preadjudicaciones
C. 7424/25 Com. de Preadiudicaciones
gxn. N° 2090/24
7.4ritarión Pública N° 449/24
La documentación presentada por la Oferta N° 2 'AUSQUI, HORACIO
LUIS' y la incorporada a fojas 741 y 754/757 resulta suficiente.
IV) CONCLUSIÓN
Por todo lo expuesto, esta Comisión aconseja:
Adjudicar por oferta más conveniente a la oferta N° 2 'AUSQUI,
HORACIO LUIS' el renglón I.
Devuélvase a la Subdirecc ón de Compras de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación.
GPM.WALIR IM.EOSEWO
VOCAL
1)41P111,11305CACIO,HEI S
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PODER JUDICIAL DEUNACIO
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